Por medio del presente, hacemos extensivos los comentarios recibidos en fecha 24 de mayo de 2016, vía correo electrónico donde la Subdelegada Federal de la Secretaría de Economía en Piedras Negras, dio a conocer lo siguiente:
Recordemos que el Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior, se debe presentar a partir del 1 de abril, de acuerdo a lo establecido en el Decreto para el fomento de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación (Decreto IMMEX), así como en el Decreto por el que se establecen Programas de Promoción Sectorial (Decreto PROSEC).
En lo que respecta al Decreto para el establecimiento de Empresas de Comercio Exterior y el Decreto para el fomento y operación de las Empresas Altamente Exportadoras, si bien los Decretos han sido abrogados, las empresas ECEX y ALTEX que continúan teniendo el programa vigente en los términos que fueron expedidas, también deberán cumplir con la presentación del reporte anual.
La fecha límite para la presentación del reporte anual de operaciones para las empresas con programa ALTEX, ECEX, PROSEC e IMMEX es el último día hábil del mes de mayo. Es importante hacer mención que en caso de no presentar el reporte anual, no podrán validar operaciones de comercio exterior.”
Por lo anterior, se recomienda que tengan a bien recomendarles extensivamente el cumplimiento y que no se esperen al último día para evitar la saturación del sistema.
Sin otro asunto en particular, quedo de Ustedes.
Vela y Vela Despachos Aduanales S.C.